Guía práctica 2026

Carta de Hacienda sobre tu Facturación: Qué Hacer Paso a Paso sin Entrar en Pánico

Has recibido una carta de la Agencia Tributaria. El corazón se acelera. Tranquilo: la mayoría de cartas no son sanciones, sino peticiones de información. Pero tienes 10 días para responder. Te explicamos qué hacer, qué preparar y cuándo llamar a tu gestor.

Última actualización: 14 de abril de 2026 · Tiempo de lectura: 15 min
4 tipos de cartas explicados Plazos y consecuencias Protocolo paso a paso Kit de supervivencia fiscal
Panel de Verifacturamos con lista de facturas y estado VERIFACTU
Panel de Verifacturamos: gestiona tus facturas VERIFACTU, presupuestos y albaranes desde un solo lugar
Factura con código QR VERIFACTU registrada en la AEAT
Factura emitida con código QR VERIFACTU verificable en la sede electrónica de la AEAT

Primer paso: mantén la calma y lee la carta

Hacienda envía más de 700.000 requerimientos al año. Si te ha llegado uno, no eres un caso especial ni un delincuente: eres uno de los cientos de miles de autónomos y empresas a los que la AEAT pide información cada año. La mayoría de estas cartas son rutinarias y se resuelven con una respuesta sencilla.

Lo peor que puedes hacer es ignorarla. Lo segundo peor es entrar en pánico. Esto es lo que debes hacer:

  1. Lee la carta completa. Hasta el final. Incluidas las instrucciones de cómo responder.
  2. Identifica qué tipo de carta es (requerimiento, propuesta de liquidación, sanción, comunicación informativa).
  3. Anota la fecha de firma del acuse de recibo. El plazo para responder empieza a contar desde ese día.
  4. Llama a tu gestor (o busca uno si no tienes) antes de hacer nada más.

Los 4 tipos de cartas de Hacienda

Tipo de cartaQué esGravedadPlazo
Requerimiento de informaciónHacienda te pide datos o documentos para verificar algoBaja–media10 días hábiles
Propuesta de liquidaciónHacienda cree que debes más impuestos y te propone un importeMedia–alta10–15 días hábiles (según tipo)
SanciónHacienda te impone una multa por una infracción detectadaAlta15 días hábiles para alegaciones
Comunicación informativaHacienda te informa de algo (datos fiscales, resultado de trámite)BajaSin plazo obligatorio
¿Cómo saber qué tipo de carta es?

El tipo viene indicado en la propia carta, normalmente en el encabezado o en el primer párrafo. Busca las palabras clave: «requerimiento», «propuesta de liquidación provisional», «expediente sancionador» o «comunicación». Si no estás seguro, tu gestor lo identificará en segundos.

Plazos para responder (y qué pasa si no respondes)

El plazo general para contestar un requerimiento es de 10 días hábiles desde la firma del acuse de recibo (no cuentan fines de semana ni festivos). Es un plazo corto — si la carta llega un viernes, tienes hasta el viernes de la semana siguiente más un par de días.

Consecuencias de no responder
Protocolo ante una carta de Hacienda 1. LEER Carta completa 2. IDENTIFICAR Tipo + plazo 3. GESTOR Llamar ASAP 4. PREPARAR Documentación 5. RESPONDER Sede electrónica ⚠️ NUNCA IGNORES LA CARTA No responder = Hacienda decide por ti (siempre a su favor) + sanciones adicionales
Infografía: Los 5 pasos ante una carta de Hacienda. Fuente: elaboración propia.

Protocolo de actuación: 6 pasos

  1. No rechaces la carta. Las notificaciones de la AEAT llegan por correo certificado o al buzón electrónico (Dirección Electrónica Habilitada). Si rechazas la carta o no la recoges, Hacienda la publica en el BOE y el plazo empieza a cortar igualmente. Mejor recibirla y saber qué pide.
  2. Anota la fecha de firma. Es el día que firmaste el acuse de recibo. A partir de ahí cuentas los 10 días hábiles.
  3. Identifica el tipo de carta y el número de expediente. El número de expediente es la referencia que usarás en toda la comunicación.
  4. Contacta a tu gestor inmediatamente. Envíale una foto o escaneado de la carta. Un gestor experimentado la interpreta en minutos y te dice exactamente qué necesitas preparar.
  5. Reúne la documentación solicitada. Facturas, libros registro, extractos bancarios, modelos presentados — lo que la carta pida específicamente.
  6. Responde dentro del plazo. Online (sede electrónica AEAT) o presencialmente (con cita previa). Tu gestor puede responder en tu nombre como representante autorizado.

Por qué Hacienda te ha escrito: los motivos más frecuentes

Cruce de datos: tus facturas no coinciden con las de tu cliente

Si tú declaras haber facturado 5.000 € a Empresa X en el 2T, pero Empresa X declaró en su Modelo 303 solo 3.000 € como gasto contigo, la AEAT detecta la discrepancia y te pide aclaraciones. Solución: aportar tus facturas emitidas a esa empresa en ese trimestre.

Modelo trimestral no presentado

Si no presentaste el Modelo 303 o el 130 de un trimestre, Hacienda envía un requerimiento recordándote la obligación. Solución: presentar el modelo pendiente lo antes posible. El recargo por presentación tardía es del 1 % + 1 % adicional por cada mes de retraso (hasta 12 meses).

Cobros Bizum o tarjeta no reflejados en declaraciones

Desde 2026, la AEAT cruza tus cobros por Bizum y tarjeta con tus declaraciones. Si detecta cobros significativos que no aparecen en tus facturas declaradas, te pedirá explicaciones. Solución: aportar las facturas correspondientes o justificar que son movimientos personales (si tienes cuentas separadas, es mucho más fácil).

IVA declarado inferior al esperado

Si la AEAT detecta que tu IVA repercutido (lo que cobras de IVA a tus clientes) es muy inferior al esperado para tu nivel de actividad, puede solicitar las facturas del trimestre. Solución: aportar todas las facturas emitidas y justificar el nivel de facturación.

Gastos deducibles sospechosos

Si tus gastos deducibles de IVA son desproporcionadamente altos respecto a tus ingresos, Hacienda puede pedir las facturas de gasto para verificar que son reales y están vinculadas a tu actividad. Solución: aportar las facturas de gasto con toda la documentación de soporte.

La mejor defensa: facturas en orden desde el día 1

Con Verifacturamos, cada factura se envía automáticamente a la AEAT vía VERIFACTU. Tus datos siempre cuadran. Tu gestor accede vía Google Drive. Sin sorpresas cuando llega la carta.

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Tu kit de supervivencia fiscal

Todo autónomo debería tener estos documentos organizados y accesibles en todo momento. Si llega una carta, poder localizarlos rápido es la diferencia entre una respuesta tranquila y una noche sin dormir:

Verifacturamos como escudo preventivo

Con Verifacturamos, todas tus facturas emitidas están guardadas en la nube, organizadas cronológicamente, con envío VERIFACTU a la AEAT confirmado. Si Hacienda te pide facturas de un trimestre concreto, las descargas en PDF en un clic. Tu gestor accede vía Google Drive sin que tú le envíes nada. Es el orden que necesitas cuando llega la carta.

Cómo responder al requerimiento (online y presencial)

Online (sede electrónica)

  1. Accede a la sede electrónica de la AEAT.
  2. Ve a «Trámites destacados»«Contestar requerimientos o presentar documentación».
  3. Identifícate con certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve.
  4. Localiza la notificación pendiente por número de expediente.
  5. Adjunta la documentación en PDF o Word (máximo 46 MB).
  6. Envía la respuesta y guarda el justificante de presentación.

Presencialmente

Solicita cita previa en la oficina de la AEAT más cercana. Lleva la carta original, la documentación solicitada y tu DNI/NIE. Si va tu gestor en tu nombre, necesita una autorización firmada por ti.

Qué pasa después de responder

Has respondido al requerimiento dentro del plazo. ¿Y ahora qué? Depende del tipo de carta y de tu respuesta:

Si era un requerimiento de información y aportaste los datos

Hacienda revisa la documentación. Si todo cuadra, el expediente se cierra y no recibes más comunicaciones. El tiempo de revisión varía: puede tardar desde semanas hasta varios meses. Si necesitan más información, recibirás un segundo requerimiento.

Si era una propuesta de liquidación y no estás de acuerdo

Presentas alegaciones explicando por qué la propuesta de Hacienda es incorrecta, con documentación de soporte. La AEAT revisará tus alegaciones y emitirá una resolución: puede darte la razón (se anula la propuesta), darte la razón parcialmente (se reduce el importe), o rechazar tus alegaciones (se confirma la liquidación). Si no estás de acuerdo con la resolución, puedes presentar un recurso de reposición ante la propia AEAT o una reclamación económico-administrativa ante el TEAR.

Si era una sanción y no estás de acuerdo

Puedes presentar alegaciones o recurrir. Si decides pagar y no recurrir, normalmente hay una reducción del 25 % por pago voluntario dentro de plazo. Valora con tu gestor si merece la pena recurrir (por importe y probabilidad de éxito) o pagar con la reducción.

5 errores al responder un requerimiento

Error 1: Responder sin leer bien qué piden

Si Hacienda pide las facturas del 2T 2025 y tú aportas las del 1T, has perdido el tiempo y los días. Lee exactamente qué datos solicita: trimestre, año, tipo de documento, concepto específico.

Error 2: Aportar más información de la necesaria

Responde solo a lo que piden. Si Hacienda te pide las facturas del 2T, no aportes voluntariamente las de todo el año. La información extra puede generar nuevas preguntas o abrir nuevas líneas de comprobación.

Error 3: Responder sin consultar al gestor

Un gestor puede detectar errores en la carta de Hacienda (sí, la AEAT también se equivoca), preparar alegaciones técnicas y redactar la respuesta en el lenguaje que la Administración espera. Sin gestor, puedes aceptar una liquidación que era incorrecta.

Error 4: Responder fuera de plazo

10 días hábiles es poco. Si recibes la carta un martes y necesitas recopilar facturas de hace 3 años, el tiempo vuela. No dejes la respuesta para el último día — las plataformas electrónicas pueden fallar, y «no me funcionaba la web» no es excusa ante Hacienda.

Error 5: No guardar el justificante de la respuesta

Cuando respondes por la sede electrónica, el sistema genera un justificante con fecha y hora. Guárdalo. Si hay cualquier disputa posterior sobre si respondiste o no dentro de plazo, ese justificante es tu prueba.

Cómo VERIFACTU reduce el riesgo de recibir cartas

Con VERIFACTU, tus facturas se envían a la AEAT en tiempo real. Esto tiene una consecuencia directa en los requerimientos: Hacienda ya tiene tus facturas antes de pedírtelas. El cruce de datos es más rápido, pero también más preciso — las discrepancias se detectan antes y se resuelven con menos fricción.

En la práctica, los autónomos que operan con VERIFACTU activo tienen un perfil de menor riesgo para la AEAT: sus facturas están registradas, son inalterables (hash encadenado) y son verificables. Esto no elimina la posibilidad de un requerimiento, pero reduce significativamente la probabilidad de que sea por discrepancias en facturación.

Si recibes un requerimiento de facturas y usas Verifacturamos con VERIFACTU, la respuesta es inmediata: tus facturas están todas en la nube, organizadas por trimestre, con número correlativo y estado VERIFACTU confirmado. Las descargas en PDF y las adjuntas a la respuesta en la sede electrónica. Tiempo total de respuesta: minutos, no horas.

Cómo prevenir la próxima carta

  1. Factura todo, sin excepciones. Cada cobro profesional debe tener su factura correspondiente, emitida con un software VERIFACTU.
  2. Presenta los modelos a tiempo. Antes del día 20 de enero, abril, julio y octubre. Un modelo tardío genera recargos automáticos y señales en el sistema.
  3. Revisa los cruces trimestralmente. Antes de presentar el 303, verifica que tus facturas coinciden con tus cobros bancarios y con lo que tus clientes habrán declarado.
  4. Separa cuentas profesionales y personales. Una cuenta bancaria exclusiva para tu actividad simplifica cualquier comprobación.
  5. Conserva toda la documentación 4 años (período de prescripción). Las facturas, por seguridad, 6 años (obligación del Código de Comercio).
  6. Ten un gestor. Un gestor revisa tus declaraciones antes de presentarlas, detecta errores y actúa como tu representante si llega un requerimiento. El coste del gestor (50–150 €/mes) es un gasto deducible al 100 %.

Cómo funcionan las notificaciones de Hacienda en 2026

En 2026, la AEAT envía notificaciones por dos vías principales:

Correo certificado

La forma clásica: una carta certificada con acuse de recibo. El cartero la entrega en tu domicilio fiscal y tú firmas la recepción. Si no estás, lo intenta una segunda vez. Si las dos entregas fallan, la notificación se publica en el BOE (Boletín Oficial del Estado) y en la sede electrónica de la AEAT, con plena validez legal. A partir de la publicación, el plazo empieza a contar — no importa que no hayas leído la carta.

Buzón electrónico (Dirección Electrónica Habilitada - DEH)

Si estás obligado a relacionarte electrónicamente con la Administración (por ejemplo, si eres SL o si te has inscrito en la DEH), las notificaciones llegan a tu buzón electrónico en la sede de la AEAT. Recibes un aviso por email o SMS, pero la notificación oficial es la del buzón. Si no accedes al buzón en 10 días naturales desde el aviso, la notificación se entiende rechazada — y el plazo para responder empieza a contar igualmente.

Revisa tu buzón electrónico regularmente

Si te has dado de alta en la DEH (voluntaria u obligatoriamente), las notificaciones de Hacienda llegan ahí, no al buzón de tu casa. Muchos autónomos se dan de alta en la DEH y después se olvidan de revisarla. Consecuencia: plazos vencidos, liquidaciones firmes y sanciones confirmadas sin ni siquiera haberlas leído. Configura los avisos por email y SMS, y revisa el buzón al menos una vez por semana.

Cómo saber si tienes notificaciones pendientes

Accede a la sede electrónica de la AEAT → «Mis expedientes» o «Notificaciones». Ahí verás todas las notificaciones emitidas a tu nombre, su estado (pendiente, aceptada, rechazada) y los plazos. Tu gestor también puede acceder como representante autorizado y monitorizar las notificaciones por ti.

Facturas siempre en orden = cartas sin miedo

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En resumen

Recibir una carta de Hacienda no siempre significa una sanción: la mayoría son requerimientos de información rutinarios. El plazo general para responder es de 10 días hábiles desde la firma del acuse de recibo. No responder puede resultar en multas de 150 € por dato omitido, liquidaciones firmes o sanciones confirmadas. Los tipos de cartas son: requerimiento de información, propuesta de liquidación, sanción y comunicación informativa. Los motivos más frecuentes son cruces de datos, modelos no presentados, cobros no reflejados y gastos desproporcionados. El protocolo es: leer la carta, identificar tipo y plazo, llamar al gestor, preparar documentación y responder por la sede electrónica. Con un software como Verifacturamos (9 €/mes, VERIFACTU) tus facturas están siempre en orden y accesibles.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto tiempo tengo para contestar?

10 días hábiles desde la firma del acuse de recibo (sin fines de semana ni festivos).

¿Qué pasa si no contesto?

Multa de 150 € por dato omitido (requerimiento). Si es propuesta de liquidación, se confirma y pagas lo que dice Hacienda. Pierdes opciones de recurso.

¿Por qué me ha escrito Hacienda?

Cruce de datos, modelo no presentado, cobros no reflejados, gastos sospechosos. La AEAT envía 700.000+ requerimientos al año.

¿Debo llamar a mi gestor?

Sí, siempre. Un gestor interpreta la carta, prepara la documentación y puede responder como tu representante autorizado.

¿Puedo contestar online?

Sí. Sede electrónica AEAT → «Contestar requerimientos». Necesitas certificado digital, DNI-e o Cl@ve. Adjuntar documentos en PDF/Word (máx. 46 MB).

¿Una carta siempre significa sanción?

No. La mayoría son peticiones de información. Solo las cartas que dicen «expediente sancionador» implican una multa directa.

Fuentes

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