Si eres autónomo o tienes una empresa en España, habrás oído hablar de VERIFACTU. Pero entre los sucesivos aplazamientos, la confusión entre normativas y las campañas de marketing de los proveedores de software, es difícil saber qué es realmente obligatorio, cuándo lo es y qué necesitas hacer ahora. Esta guía te lo aclara con datos verificados directamente de la normativa publicada en el BOE.
Qué es VERIFACTU (y qué no es)
VERIFACTU es un sistema regulado por el Real Decreto 1007/2023 que establece los requisitos técnicos que deben cumplir los sistemas informáticos de facturación (SIF) en España. No es un programa de software concreto ni una plataforma de la AEAT: es un marco normativo que define cómo debe funcionar cualquier programa que se use para emitir facturas.
Su objetivo es garantizar que cada factura emitida sea:
- Íntegra: No se puede modificar una vez registrada.
- Trazable: Cada factura tiene una huella digital (hash) única, encadenada con la anterior, formando una cadena que no se puede alterar sin romperla.
- Inalterable: Todos los eventos (emisión, anulación, rectificación) quedan registrados.
El nombre «VERIFACTU» se refiere específicamente a la modalidad en la que el software envía los registros de facturación a la AEAT en tiempo real. Pero el RD 1007/2023 también permite una modalidad alternativa (no-VERIFACTU) en la que el software cumple los requisitos técnicos pero conserva los registros localmente sin enviarlos. Ambas modalidades son legales.
El marco legal completo es: Ley 11/2021 (Antifraude, establece la obligación) → RD 1007/2023 (Reglamento, define los requisitos) → Orden HAC/1177/2024 (especificaciones técnicas detalladas) → RD 254/2025 y RDL 15/2025 (aplazamientos del calendario).
Plazos reales de obligatoriedad: el calendario actualizado
| Obligado | Fecha de obligatoriedad | Normativa |
|---|---|---|
| Productores de software | 29 de julio de 2025 | 9 meses desde Orden HAC/1177/2024 |
| Sociedades (Impuesto sobre Sociedades) | 1 de enero de 2027 | RDL 15/2025 |
| Autónomos y resto de empresarios | 1 de julio de 2027 | RDL 15/2025 |
| Obligados al SII | Régimen específico (RD 254/2025) | Ya usan el SII |
Tabla: Calendario actualizado de obligatoriedad de VERIFACTU. Fuente: RDL 15/2025, publicado en BOE el 3 de diciembre de 2025.
Esto significa que en 2026 el uso de VERIFACTU es voluntario para autónomos y empresas. Sin embargo, los productores de software ya deben tener sus programas adaptados desde julio de 2025. Es decir, el software ya está listo; son los usuarios quienes tienen hasta 2027 para adoptarlo.
Los 6 requisitos técnicos que debe cumplir tu software
El RD 1007/2023 y la Orden HAC/1177/2024 establecen los requisitos que todo sistema informático de facturación (SIF) debe cumplir. Son requisitos técnicos que el software implementa internamente — tú como usuario no tienes que hacer nada especial más allá de elegir un programa que los cumpla.
- Registro de facturación de alta: Por cada factura emitida, el sistema genera un registro electrónico con todos los datos de la factura, incluida una marca temporal.
- Huella digital (hash) encadenada: Cada registro incluye un hash criptográfico que se calcula a partir de los datos de la factura y del hash de la factura anterior. Esto crea una cadena inalterable: si alguien intenta modificar una factura pasada, toda la cadena se rompe.
- Código QR tributario: Cada factura emitida debe incluir un código QR que permite a la AEAT (y al receptor) verificar la autenticidad del documento.
- Registro de eventos: El sistema registra todos los eventos relevantes: emisión de factura, anulación, rectificación, cambios en el sistema, etc. Estos registros no se pueden borrar.
- Declaración responsable: El productor del software debe emitir una declaración responsable de que su programa cumple con todos los requisitos del RD 1007/2023 y la Orden HAC/1177/2024.
- Envío a la AEAT (opcional o automático): En modo VERIFACTU, los registros se envían automáticamente a la AEAT. En modo no-VERIFACTU, se conservan localmente pero con todas las garantías de integridad.
Modo VERIFACTU vs. modo no-VERIFACTU
El RD 1007/2023 ofrece dos modalidades de cumplimiento. Es importante entender la diferencia porque afecta a tu relación con la AEAT:
| Característica | Modo VERIFACTU | Modo no-VERIFACTU |
|---|---|---|
| Envío de registros a la AEAT | Automático, en tiempo real | No envía; conserva localmente |
| Código QR | Incluye URL de verificación AEAT | Incluye QR pero sin verificación AEAT |
| Integridad/trazabilidad | Cumple todos los requisitos | Cumple todos los requisitos |
| Declaración responsable | Sí | Sí |
| Transparencia ante Hacienda | Máxima (AEAT ve cada factura) | Menor (AEAT puede solicitar los registros) |
| Ventaja práctica | Reduce riesgo de inspecciones | Más privacidad operativa |
| ¿Es legal? | Sí | Sí |
Tabla: Diferencias entre modo VERIFACTU y modo no-VERIFACTU. Ambos son legales. Fuente: RD 1007/2023.
Verifacturamos opera en modo VERIFACTU: cada factura que emites se envía automáticamente a la AEAT a través de la API de Verifacti. Esto te da la máxima transparencia y reduce significativamente el riesgo de requerimientos o inspecciones, ya que Hacienda ya tiene toda tu facturación registrada en tiempo real.
Sanciones por incumplimiento
La Ley 11/2021 (Antifraude) establece un régimen sancionador severo para quienes no cumplan con los requisitos de los sistemas de facturación una vez entre en vigor la obligación:
- Hasta 50.000 € por ejercicio fiscal por usar programas no certificados o que permitan la manipulación de datos de facturación.
- Entre 1.000 € y 100.000 € por omisión, alteración o destrucción de registros de facturación, según la gravedad.
- Hasta 150.000 € por cada tipo de programa que no esté adaptado a los requisitos del RD 1007/2023.
Estas sanciones se aplicarán a partir de las fechas de obligatoriedad (enero/julio 2027). En 2026, al ser el uso voluntario, no hay sanciones por no usar VERIFACTU todavía. Pero sí existe la obligación general de emitir facturas con todos los datos obligatorios del Reglamento de Facturación (RD 1619/2012), que ya está en vigor.
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Crear cuenta gratis¿A quién afecta y quién está excluido?
El RD 1007/2023 afecta a todos los empresarios y profesionales que usen un sistema informático para facturar, con las siguientes excepciones:
- Obligados al SII (Suministro Inmediato de Información): grandes empresas y grupos que ya envían sus facturas a la AEAT de forma mensual a través del SII tienen un régimen específico y no necesitan VERIFACTU adicionalmente.
- Autónomos en módulos (estimación objetiva): en principio no están obligados, pero sí lo están si emiten facturas completas a empresas (B2B), si tienen actividades mixtas, o si usan software/TPV informatizado para facturar.
- Contribuyentes que no usan sistema informático para facturar (facturación 100 % manual en papel): no les aplica VERIFACTU, aunque deben seguir cumpliendo el Reglamento de Facturación.
En la práctica, la inmensa mayoría de autónomos y pymes en España usa algún tipo de sistema informático para facturar (aunque sea Excel), por lo que VERIFACTU les afecta directa o indirectamente.
Laura, consultora de marketing: Usa un software online para facturar a sus clientes. Está en estimación directa simplificada. Le afecta VERIFACTU → debe tener software adaptado antes del 1 de julio de 2027.
Pedro, propietario de un bar: Usa un TPV (terminal punto de venta) para emitir tickets y facturas simplificadas. Está en módulos. El TPV se considera un sistema informático de facturación → le afecta VERIFACTU. Debe verificar que su TPV esté adaptado.
Ana, profesora de yoga particular: Solo da clases a particulares, no usa ningún software y emite recibos escritos a mano en papel. Como no usa sistema informático para facturar → VERIFACTU no le afecta directamente. Pero sigue obligada a cumplir el Reglamento de Facturación (RD 1619/2012).
Marcos, SL con dos socios: Sociedad limitada que usa un ERP para su facturación. Contribuyente del Impuesto sobre Sociedades → debe tener software adaptado antes del 1 de enero de 2027.
Cómo elegir un software VERIFACTU: 7 criterios
No todos los programas que dicen «cumplir VERIFACTU» lo hacen con la misma profundidad. Estos son los 7 criterios que debes verificar antes de elegir:
- Declaración responsable publicada: El productor debe tener una declaración responsable de cumplimiento del RD 1007/2023. Pide verla.
- Modo VERIFACTU disponible: ¿Envía los registros a la AEAT automáticamente o solo opera en modo no-VERIFACTU? Ambos son legales, pero VERIFACTU te da más seguridad.
- Hash encadenado implementado: Las facturas deben estar vinculadas criptográficamente. Sin esto, la integridad no está garantizada.
- Código QR tributario: Cada factura generada debe incluir el código QR requerido por la normativa.
- Registro de eventos completo: El sistema debe registrar emisiones, anulaciones y rectificaciones de forma inalterable.
- Facturación legal completa: Además de VERIFACTU, el programa debe cubrir los requisitos del RD 1619/2012 (Reglamento de Facturación): facturas ordinarias y simplificadas, numeración correlativa, facturas rectificativas, etc.
- Funcionalidades prácticas: Presupuestos, albaranes, facturas recurrentes, resumen fiscal para el Modelo 303, integraciones con e-commerce si lo necesitas.
Consulta nuestra comparativa de programas de facturación para ver cómo se comportan los principales programas del mercado en cada uno de estos criterios.
Checklist práctica: preguntas para hacerle a tu proveedor de software
Si ya usas un programa de facturación y no tienes claro si cumple VERIFACTU, hazle estas preguntas directas a tu proveedor. Si no puede responder con claridad, es una señal de alerta:
- ¿Tiene publicada la declaración responsable de cumplimiento del RD 1007/2023? ¿Dónde puedo consultarla?
- ¿Opera en modo VERIFACTU (envío a AEAT) o solo en modo no-VERIFACTU (conservación local)?
- ¿Genera el hash encadenado entre facturas? ¿Con qué algoritmo criptográfico?
- ¿Incluye el código QR tributario en cada factura emitida (PDF y/o impresa)?
- ¿Registra los eventos de anulación y rectificación de forma inalterable?
- ¿Cumple con las especificaciones técnicas de la Orden HAC/1177/2024?
- ¿Tiene la adaptación completada o está todavía «en desarrollo»?
Si tu proveedor dice que «está en proceso de adaptación» o que «lo tendrá listo para cuando sea obligatorio», ten en cuenta que los productores de software debían tener sus programas adaptados desde el 29 de julio de 2025. Un software que en abril de 2026 aún no esté adaptado es una señal de riesgo.
Impacto real en tu operativa diaria
Una preocupación habitual entre autónomos es si VERIFACTU complicará su día a día. La realidad es que, si tu software está bien implementado, el impacto en tu operativa es prácticamente nulo. Lo que cambia es lo que pasa «por debajo»: el software genera automáticamente el hash, el QR y el registro de eventos. Tú sigues creando facturas exactamente igual que antes.
Lo que sí cambia es lo que ya no puedes hacer: no puedes modificar una factura después de emitirla (necesitas una factura rectificativa), no puedes eliminar una factura del sistema, y no puedes tener saltos en la numeración. Todas estas restricciones son buenas prácticas que ya debías seguir según el Reglamento de Facturación vigente. VERIFACTU simplemente las hace técnicamente imposibles de violar.
En Verifacturamos, estas restricciones están implementadas desde el diseño del producto: la numeración es automática y secuencial, las facturas emitidas se bloquean automáticamente, y cualquier corrección se hace mediante rectificativa con su propia serie. No hay forma de «romper» una factura ni de crear huecos en la numeración.
La aplicación gratuita de la AEAT
La AEAT ofrecerá una aplicación gratuita de facturación VERIFACTU a partir del 1 de enero de 2027. Está diseñada para autónomos con volúmenes de facturación moderados (la AEAT estima un uso normal de 2–3 facturas por hora). No tiene límite de facturas.
Sin embargo, es una herramienta muy básica. Según la información disponible, no incluirá funcionalidades habituales de un software de facturación comercial: presupuestos, albaranes, facturas recurrentes, registro de gastos, resumen fiscal del trimestre, integraciones con e-commerce, sincronización con el gestor, ni envío de PDF por WhatsApp o email. Es una herramienta de cumplimiento mínimo, no una solución de gestión.
Para un autónomo que emite pocas facturas al mes y no necesita funcionalidades adicionales, puede ser suficiente. Para cualquier autónomo con una actividad activa y clientes recurrentes, un programa de facturación comercial como Verifacturamos ofrece una experiencia muy superior por un coste mensual reducido (9 €/mes).
VERIFACTU vs. factura electrónica obligatoria: no son lo mismo
Una confusión habitual: muchos autónomos piensan que VERIFACTU y la factura electrónica obligatoria son lo mismo. Son normativas distintas aunque complementarias:
| Aspecto | VERIFACTU | Factura electrónica B2B |
|---|---|---|
| Normativa | RD 1007/2023 + Ley 11/2021 | Ley 18/2022 (Crea y Crece) |
| Qué regula | Cómo funciona tu sistema de facturación | El formato de intercambio entre empresas |
| Formato de factura | Cualquiera (PDF, papel) con QR y hash | Formato estructurado (Facturae XML) |
| A quién afecta | Todos los que usen software para facturar | Operaciones B2B (empresa a empresa) |
| Operaciones B2C | Sí, incluidas | No obligatoria (B2C excluido) |
| Obligatoriedad | Ene/Jul 2027 | Pendiente de reglamento técnico |
Tabla: Diferencias entre VERIFACTU y factura electrónica B2B obligatoria. Son normativas complementarias, no excluyentes.
En la práctica, un autónomo necesitará cumplir ambas normativas: VERIFACTU para el sistema de facturación (desde 2027) y factura electrónica B2B cuando se publique y entre en vigor su reglamento técnico (calendario pendiente). Elegir un software que ya cumpla VERIFACTU y esté preparándose para la factura electrónica es la mejor estrategia.
Por qué adelantarse en 2026 es la decisión inteligente
La obligatoriedad es en 2027, pero hay razones de peso para adoptar VERIFACTU ya en 2026:
- Evitas la avalancha de última hora. Cuando millones de autónomos intenten migrar a software VERIFACTU en diciembre de 2026 o junio de 2027, los servicios de soporte de todos los proveedores estarán desbordados. Adelantarte te garantiza una transición tranquila.
- Tu facturación queda protegida desde ahora. Cada factura que emitas con VERIFACTU queda registrada con huella digital y enviada a la AEAT. Si algún día necesitas demostrar la autenticidad de una factura, tienes el respaldo.
- Reduces el riesgo de inspección. Un autónomo que ya envía sus facturas a la AEAT voluntariamente transmite transparencia. La AEAT tiene menos incentivos para inspeccionar a quienes ya le están dando toda la información.
- Aprendes sin presión. Familiarizarte con el sistema cuando todavía no es obligatorio te permite cometer errores de aprendizaje sin consecuencias. Cuando sea obligatorio, ya serás experto.
- El coste es el mismo. Usar VERIFACTU en 2026 no cuesta más que en 2027. El software ya está adaptado y el precio no cambia. ¿Por qué esperar?
Si actualmente usas Excel, Word o un programa no adaptado
El momento de migrar es ahora, no cuando la fecha límite esté encima. La migración desde Excel o un programa antiguo a un software VERIFACTU como Verifacturamos es más sencilla de lo que parece:
- Crea tu cuenta en Verifacturamos y configura tus datos fiscales (NIF, nombre, dirección, actividad). Son 2 minutos.
- Importa tus clientes habituales (nombre, NIF, dirección). Puedes hacerlo manualmente o desde un listado.
- Establece la serie de numeración para que continúe donde lo dejó tu sistema anterior. La correlatividad no se puede romper.
- Empieza a facturar con el nuevo software a partir de la siguiente factura. No necesitas re-emitir facturas anteriores.
- Conserva tu archivo anterior (Excel, PDF, papel) durante al menos 6 años como documentación histórica.
Si tienes conectores con tiendas online (Shopify, WooCommerce, Amazon, PrestaShop), Verifacturamos permite integrarlos de forma que las ventas de tu e-commerce generen facturas VERIFACTU automáticamente, sin intervención manual. Es un paso adelante significativo respecto a cualquier sistema basado en plantillas o hojas de cálculo.
Y recuerda: el coste del software de facturación (9 €/mes en Verifacturamos) es un gasto deducible al 100 % en tu IRPF, y el IVA de la suscripción es deducible en tu Modelo 303. El coste real después de impuestos es de unos 6 €/mes.
Cumple VERIFACTU desde hoy, no desde 2027
Cada factura se envía a la AEAT automáticamente. Hash encadenado. Código QR. Declaración responsable. Todo incluido por 9 €/mes. 20 gratis.
Crear cuenta gratisEn resumen
VERIFACTU es el sistema regulado por el RD 1007/2023 que establece los requisitos para los sistemas informáticos de facturación en España. Tras el aplazamiento del RDL 15/2025, es obligatorio desde el 1 de enero de 2027 para sociedades y desde el 1 de julio de 2027 para autónomos. En 2026, su uso es voluntario pero recomendable. Los requisitos técnicos incluyen hash encadenado, código QR, registro de eventos y declaración responsable del productor. Las sanciones por incumplimiento pueden alcanzar los 50.000 € por ejercicio. VERIFACTU y la factura electrónica B2B son normativas distintas y complementarias. Verifacturamos ya opera en modo VERIFACTU con envío automático a la AEAT por 9 €/mes.
Preguntas frecuentes sobre software VERIFACTU
¿Qué es VERIFACTU?
Un sistema regulado por el RD 1007/2023 que establece requisitos técnicos para los programas de facturación: integridad (hash encadenado), trazabilidad (registro de eventos), código QR tributario, y opcionalmente envío automático de registros a la AEAT.
¿Cuándo es obligatorio VERIFACTU?
Tras el aplazamiento del RDL 15/2025: 1 de enero de 2027 para sociedades y 1 de julio de 2027 para autónomos. En 2026 es voluntario.
¿Qué sanciones hay por no cumplir?
Hasta 50.000 € por ejercicio por usar software no certificado. Entre 1.000 € y 100.000 € por omisión o alteración de registros. Hasta 150.000 € para productores de software no adaptado.
¿Qué diferencia hay entre VERIFACTU y no-VERIFACTU?
VERIFACTU envía los registros a la AEAT automáticamente. No-VERIFACTU cumple los mismos requisitos técnicos pero conserva los registros localmente. Ambos son legales.
¿La AEAT ofrece software VERIFACTU gratuito?
Sí, desde enero de 2027. Muy básico: sin presupuestos, albaranes, facturas recurrentes, integraciones ni resumen fiscal. Pensado para volúmenes moderados (2-3 facturas/hora).
¿Qué requisitos técnicos debe cumplir el software?
Registro de alta por factura, hash encadenado criptográfico, código QR tributario, registro de eventos inalterable, declaración responsable del productor, y envío a AEAT (VERIFACTU) o conservación local (no-VERIFACTU).
¿Puedo usar VERIFACTU voluntariamente en 2026?
Sí. La AEAT ya tiene el servicio de recepción habilitado. Adelantarse te familiariza con el sistema y reduce el riesgo de ajustes de última hora en 2027.
¿VERIFACTU y factura electrónica obligatoria son lo mismo?
No. VERIFACTU regula cómo funciona tu sistema de facturación (integridad, trazabilidad). La factura electrónica B2B (Ley Crea y Crece) regula el formato de intercambio entre empresas (Facturae XML). Son complementarias.
Fuentes y normativa
- Real Decreto 1007/2023 — Requisitos de los sistemas informáticos de facturación (BOE)
- Real Decreto-ley 15/2025 — Aplazamiento de VERIFACTU a 2027 (BOE)
- Real Decreto 254/2025 — Modificación del RD 1007/2023 (BOE)
- Orden HAC/1177/2024 — Especificaciones técnicas de los SIF (BOE)
- Ley 11/2021 Antifraude — Base legal de VERIFACTU (BOE)
- Sede electrónica de la AEAT — Información sobre sistemas de facturación