Darse de alta como autónomo en España es más sencillo de lo que parece, pero hacerlo mal puede salirte muy caro. Un error en el orden de los trámites y pierdes la tarifa plana (2.460 € de ahorro el primer año). Un alta fuera de plazo y pagas cuotas atrasadas con recargo. Un epígrafe del IAE incorrecto y tus obligaciones fiscales se complican durante años.
En esta guía te llevamos de la mano por todo el proceso, paso a paso, con los datos actualizados a 2026. Tanto si eres un freelance que va a facturar por primera vez como si llevas años pensando en dar el salto, aquí encontrarás exactamente qué hacer, en qué orden, y qué errores evitar.
Requisitos previos y documentación necesaria
Antes de tocar un solo formulario, asegúrate de tener lo siguiente preparado. Es la diferencia entre completar el alta en una mañana o pasarte semanas dando vueltas entre administraciones.
- DNI o NIE en vigor. Los ciudadanos españoles necesitan el DNI. Ciudadanos de la UE necesitan el NIE (Número de Identidad de Extranjero). Extranjeros no comunitarios necesitan NIE + permiso de residencia y trabajo por cuenta propia.
- Certificado digital o Cl@ve PIN. Imprescindible. En 2026, prácticamente todos los trámites con la Administración son telemáticos. Si no tienes certificado digital, puedes solicitarlo gratuitamente en la FNMT.
- Número de Afiliación a la Seguridad Social (NAF). Si has trabajado antes por cuenta ajena, ya lo tienes. Si no, deberás solicitarlo previamente en la Seguridad Social.
- Cuenta bancaria española. Para domiciliar las cuotas mensuales del RETA. Si no eres titular, necesitarás la autorización del titular.
- Definición clara de tu actividad. Necesitas saber el epígrafe del IAE (Impuesto de Actividades Económicas) que corresponde a lo que vas a hacer. Es un código que clasifica tu actividad: diseño gráfico, consultoría, comercio, enseñanza, etc.
- Estimación de tus ingresos. El sistema de cotización por ingresos reales te pedirá una previsión de rendimientos netos al darte de alta. No tiene que ser exacta (puedes cambiarla hasta 6 veces al año), pero conviene tener un número razonable.
Antes de empezar: lo que debes tener claro
¿Cuándo estoy obligado a darme de alta?
Estás obligado a darte de alta como autónomo si realizas una actividad económica de manera habitual, personal y lucrativa. Lo que determina la obligación es la habitualidad, no un importe mínimo de facturación. Es decir, no existe un umbral de «desde X euros tienes que ser autónomo». Si la actividad es recurrente — aunque ganes poco —, debes darte de alta.
Una actividad verdaderamente puntual y marginal (por ejemplo, dar dos charlas al año) podría no requerir alta en el RETA, pero sí exigiría estar de alta en Hacienda para poder facturar legalmente. En la práctica, si tienes clientes recurrentes y emites facturas cada mes, la Seguridad Social lo considerará actividad habitual.
¿Qué implica ser autónomo?
Al darte de alta asumes cuatro tipos de obligaciones desde el primer día:
- Pago de cuotas a la Seguridad Social: Una cuota mensual que depende de tus ingresos (entre 200 € y 590 €/mes, o 80 € con tarifa plana). Consulta nuestra guía completa de cuotas y tramos 2026.
- Obligaciones fiscales: Declaraciones trimestrales de IVA (Modelo 303), IRPF (Modelo 130) y resúmenes anuales. Consulta la guía de declaraciones trimestrales.
- Facturación legal: Cada servicio o venta que realices debe documentarse con una factura que cumpla los requisitos legales. En 2026, esto incluye la obligación VERIFACTU de enviar cada factura a la AEAT en tiempo real.
- Derechos y prestaciones: A cambio, tienes acceso a asistencia sanitaria, baja por enfermedad, maternidad/paternidad, prestación por cese de actividad (el «paro de los autónomos») y futura pensión de jubilación.
Paso 1: Obtener el certificado digital o Cl@ve PIN
El requisito previo imprescindible
En 2026, la práctica totalidad de los trámites con la Administración son telemáticos. Sin certificado digital o Cl@ve PIN, no puedes hacer nada. Tienes dos opciones:
- Certificado digital de persona física: Se solicita en la web de la FNMT. Es gratuito. Necesitas acreditar tu identidad presencialmente en una oficina de registro (Hacienda, Seguridad Social, ayuntamientos). Tarda 1–3 días.
- Cl@ve PIN: Se solicita online y permite acceder a los servicios de Hacienda y Seguridad Social. Es más rápido de obtener pero algunos trámites requieren el certificado completo. Para el alta básica, Cl@ve es suficiente.
Consejo: Solicita el certificado digital completo. Te servirá para todo: presentar modelos fiscales, firmar documentos, acceder a Importass, consultar tu vida laboral y mucho más. Es una inversión de tiempo que amortizarás en el primer trimestre.
Paso 2: Alta en la Seguridad Social (RETA)
Darte de alta en el RETA a través de Importass
El primer trámite oficial es inscribirte en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA). Se hace a través del portal Importass de la Seguridad Social. La información que necesitas proporcionar es:
- Datos personales y de identificación (DNI/NIE)
- Código del IAE y código CNAE de tu actividad
- Fecha de inicio de actividad y domicilio de la misma
- Previsión de rendimientos netos anuales (promedio mensual) — esto determina tu tramo de cotización
- Base de cotización elegida dentro del tramo correspondiente
- Mutua colaboradora para cubrir contingencias comunes y profesionales (incapacidad temporal, accidente de trabajo)
- Cuenta bancaria para domiciliar las cuotas
- Solicitud de tarifa plana si cumples los requisitos (se marca aquí, no después)
Al elegir tu base de cotización, consulta nuestra guía de tramos y cuotas 2026 para entender cómo funciona el sistema de 15 tramos. No necesitas acertar a la primera: puedes cambiar tu base hasta 6 veces al año. Pero conviene empezar con una estimación razonable para evitar regularizaciones.
Elegir la mutua
Desde 2007, todos los autónomos están obligados a cubrir las contingencias comunes y profesionales con una mutua colaboradora. La mutua es la que gestionará tus bajas por enfermedad, accidentes de trabajo y la prestación por cese de actividad. Puedes consultar el listado de mutuas en la web de la Seguridad Social. Elige una con buena reputación en la gestión de bajas y cese de actividad.
Paso 3: Alta en Hacienda (Modelo 036 o 037)
Registrarte en el Censo de Empresarios de la AEAT
El segundo trámite es comunicar a la Agencia Tributaria (AEAT) que vas a iniciar una actividad económica. Se hace presentando el Modelo 036 (declaración censal completa) o el Modelo 037 (versión simplificada, válida para la mayoría de autónomos persona física). La información que proporcionas:
- Datos personales y dirección fiscal
- Epígrafe del IAE (tu actividad económica clasificada)
- Impuestos que declararás: IVA (Modelo 303), IRPF pago fraccionado (Modelo 130), retenciones (Modelo 111 si tienes empleados)
- Régimen de IVA: general, simplificado, o exención (profesionales sanitarios, docentes, seguros, etc.)
- Fecha de inicio de actividad
- Ubicación del negocio
Modelo 036 vs. Modelo 037: ¿cuál presentar?
La mayoría de autónomos persona física pueden usar el Modelo 037, que es más sencillo. Usa el Modelo 036 (completo) si vas a realizar operaciones intracomunitarias (compra o venta a otros países de la UE), si tienes obligaciones especiales de retención, o si estás en algún régimen especial. Si vas a facturar a clientes de la UE, necesitas el 036 para inscribirte en el ROI (Registro de Operadores Intracomunitarios).
¿Y si hago inversiones previas?
Si antes de empezar tu actividad necesitas comprar equipos, software, mobiliario o acondicionar un local, puedes solicitar el alta previa en Hacienda. Esto te permite deducir el IVA de esas compras desde antes del inicio formal. Para ello, marca la casilla 502 del Modelo 036 e indica la fecha de inicio de inversiones en la casilla 504. Sin este paso, no podrás deducirte el IVA de esas compras previas.
¿Ya te has dado de alta? Tu siguiente paso es facturar
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Crear cuenta gratis — 20 facturas sin tarjetaPaso 4: Trámites adicionales según tu actividad
Los dos trámites anteriores (Seguridad Social + Hacienda) son obligatorios para todos. Pero dependiendo de tu actividad, puede que necesites más:
Necesitas solicitar la licencia de apertura (o declaración responsable, según el municipio) en tu ayuntamiento. Los requisitos y el coste varían según la calle, el tamaño del local y la actividad. Las actividades «inocuas» (oficina, consultoría) suelen tener trámites más sencillos que las clasificadas como «calificadas» (hostelería, industria). Además, debes comunicar la apertura del centro de trabajo a la Consejería de Trabajo de tu comunidad autónoma.
Deberás inscribir la empresa en la Seguridad Social para obtener un Código de Cuenta de Cotización (CCC), dar de alta a tus trabajadores, y presentar modelos de retenciones (Modelo 111 trimestral). Rellenando el modelo TA.6 en la Seguridad Social.
Algunas actividades requieren licencias adicionales: carnet de manipulador de alimentos, licencia de transporte, inscripción en registros profesionales (colegios de arquitectos, abogados, ingenieros, etc.), o permisos medioambientales. Investiga los requisitos de tu sector antes de empezar.
Tarifa plana y cuota cero: cómo ahorrar desde el día 1
La tarifa plana es, probablemente, el mayor incentivo para nuevos autónomos en España. Te permite pagar una cuota reducida de 80 €/mes (88,64 € con MEI incluido) durante los primeros 12 meses de actividad. Esto es así independientemente del tramo de cotización que te correspondería por ingresos.
| Período | Cuota mensual | Requisito |
|---|---|---|
| Meses 1–12 | 80 € (88,64 € con MEI) | Nuevo alta o no alta en RETA en 2 años (3 si ya disfrutaste) |
| Meses 13–24 | 80 € (prorrogable) | Solo si rendimientos netos del año 1 fueron inferiores al SMI |
| Desde mes 25 | Según tramo (200 €–590 €) | Cotización por ingresos reales, 15 tramos |
Cuota cero por comunidad autónoma
Además de la tarifa plana estatal, varias comunidades autónomas ofrecen la cuota cero: una bonificación del 100 % sobre la cuota de tarifa plana, de modo que el nuevo autónomo no paga nada el primer año. En 2026, las comunidades con programas activos incluyen Extremadura, Cantabria, Galicia, Castilla y León y otras. Los requisitos varían: consulta la web de tu comunidad autónoma para verificar si puedes beneficiarte.
¿Cuánto cuesta realmente ser autónomo en 2026?
El trámite de alta en sí es gratuito: no hay tasas por presentar el Modelo 036/037 ni por darse de alta en el RETA. Los costes reales llegan después:
| Concepto | Coste mensual | Coste anual |
|---|---|---|
| Cuota Seguridad Social (tarifa plana) | ~89 € | ~1.064 € |
| Cuota Seguridad Social (tramo medio, ~302 €) | ~302 € | ~3.624 € |
| Software de facturación VERIFACTU | 9 € | 108 € |
| Gestoría (opcional) | 60–150 € | 720–1.800 € |
| Seguro de responsabilidad civil (opcional) | 15–50 € | 180–600 € |
El primer año con tarifa plana, un autónomo que gestione él mismo su facturación con un programa de facturación accesible puede estar operativo por menos de 100 €/mes (cuota + software). Es la barrera de entrada más baja de la historia reciente del autoempleo en España.
Después del alta: tus primeras obligaciones
Una vez de alta, el reloj empieza a correr. Estas son las obligaciones que tienes desde el primer día:
Facturación
Cada servicio que prestes o producto que vendas debe documentarse con una factura que cumpla los requisitos legales: numeración secuencial, datos del emisor y receptor, base imponible, tipo de IVA, y en 2026, la obligación de envío a la AEAT si usas un software homologado VERIFACTU. Emitir tu primera factura correctamente es fundamental para empezar con buen pie.
Calendario fiscal
Cada trimestre deberás presentar las declaraciones trimestrales: el Modelo 303 (IVA) antes del día 20 del mes siguiente al trimestre, y el Modelo 130 (IRPF) en los mismos plazos. A final de año, resúmenes anuales (Modelo 390 de IVA, Modelo 190 de retenciones). Verifacturamos facilita la preparación de los datos de IVA para el Modelo 303.
Registro de gastos
Para que un gasto sea deducible en el IRPF, necesitas una factura a tu nombre y que el gasto esté directamente relacionado con tu actividad. Empieza a registrar todos los gastos deducibles desde el día 1. Cada euro de gasto deducible reduce tu base imponible y, por tanto, tu cuota de IRPF y tu tramo de cotización a la Seguridad Social.
7 errores que te costarán dinero (o la tarifa plana)
Si presentas el Modelo 036/037 antes de tramitar el alta en el RETA, puedes perder la tarifa plana. El alta en la Seguridad Social debe ser simultánea o anterior a la de Hacienda. Es un error que cuesta 2.460 € al año.
La tarifa plana solo se puede solicitar en el momento del alta en el RETA. No se puede pedir después. Si no marcas la casilla correspondiente, pierdes el descuento para siempre (hasta que te des de baja y vuelvas a darte de alta pasados 2 años).
El alta debe hacerse antes de iniciar la actividad o, como máximo, el mismo día. Si la Seguridad Social detecta que ya estabas facturando antes del alta, te dará de alta de oficio, perderás la tarifa plana y deberás pagar las cuotas atrasadas con recargos.
Un epígrafe incorrecto puede hacer que presentes impuestos que no te corresponden, que no apliques retenciones cuando deberías, o que no te beneficies de exenciones de IVA que te aplican. Revisa bien la clasificación antes de presentar el modelo censal.
Si compras equipos, software o acondicionas un local antes de empezar, necesitas el alta previa en Hacienda (casilla 502 del Modelo 036) para poder deducir el IVA soportado de esas compras. Sin ella, pierdes la deducción.
Si estás cobrando prestación por desempleo y quieres usar ese dinero para emprender (pago único), debes solicitarlo ANTES de cualquier alta. Darte de alta primero anula el derecho a la capitalización.
Muchos nuevos autónomos empiezan facturando con Word o Excel. Esto genera errores de numeración, falta de trazabilidad y problemas con la normativa VERIFACTU. Un software de facturación sencillo te evita multas y te ahorra tiempo desde la primera factura.
Casos especiales
Extranjeros que quieren ser autónomos en España
Los ciudadanos de la UE pueden darse de alta directamente con su NIE, sin necesidad de permisos adicionales. Los extranjeros no comunitarios necesitan un permiso de residencia y trabajo por cuenta propia, que se solicita en la oficina de extranjería. Una vez obtenido, el proceso de alta es idéntico. Consulta nuestra guía sobre facturación en España para extranjeros.
Compatibilizar empleo por cuenta ajena con autónomo
Sí, es legal. Se llama pluriactividad. Cotizas en el Régimen General (por tu empleo) y en el RETA (por tu actividad autónoma). La buena noticia: si cotizas en ambos regímenes y superas ciertos umbrales, puedes solicitar la devolución del 50 % de las cuotas del RETA. Además, puedes acogerte a la tarifa plana como nuevo autónomo incluso si estás empleado por cuenta ajena.
Autónomos mayores de 47 años
Con el sistema de cotización por ingresos reales, ya no existen los topes de base de cotización para mayores de 47 años. Ahora puedes cotizar por bases superiores si tus ingresos lo justifican, lo que te permite mejorar tu futura pensión de jubilación.
Tu primera factura: cómo hacerla bien
Una vez de alta, lo primero que harás es emitir tu primera factura. Y aquí es donde muchos nuevos autónomos cometen errores. Una factura válida debe incluir: numeración secuencial (sin saltos ni duplicados), tus datos fiscales completos (nombre, NIF, dirección), los datos del cliente, descripción del servicio, base imponible, tipo de IVA, cuota de IVA, retención de IRPF si aplica, y la fecha de emisión.
En 2026, además, si usas un software de facturación, este debe ser compatible con el sistema VERIFACTU, que envía cada factura automáticamente a la AEAT. Usar un software homologado te asegura que cada factura cumple todos los requisitos desde el primer día, sin que tengas que preocuparte por los detalles técnicos.
Verifacturamos es un software de facturación pensado para autónomos que están empezando. Puedes crear facturas, presupuestos y facturas rectificativas; configurar facturas recurrentes; enviar PDFs por WhatsApp o email; sincronizar con Google Drive para tu gestor; y conectar con Kit Digital si tienes derecho al bono. Todo por 9 €/mes, con 20 facturas gratis para empezar.
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Para darse de alta como autónomo en España necesitas dos trámites: alta en la Seguridad Social (RETA) y alta en Hacienda (Modelo 036/037). El alta en la Seguridad Social se hace en la sede electrónica de la TGSS con certificado digital. El alta en Hacienda se hace en la sede de la AEAT o presencialmente. La tarifa plana permite pagar 80 €/mes durante los primeros 12 meses. El orden recomendado es: primero Hacienda, luego Seguridad Social, ambos el mismo día o antes de empezar la actividad. Tras el alta, necesitas un software de facturación para emitir tus facturas legalmente. Verifacturamos te permite emitir tu primera factura con VERIFACTU en menos de 3 minutos desde el alta.
Preguntas frecuentes sobre el alta como autónomo
¿Cuánto cuesta darse de alta como autónomo en España?
El trámite de alta es gratuito tanto en Hacienda como en la Seguridad Social. No hay tasas por los formularios telemáticos. El coste real empieza con la cuota mensual: 80 €/mes con tarifa plana (88,64 € con MEI), o entre 200 € y 590 € según el tramo de ingresos. Una gestoría para el alta puede costar entre 60 € y 150 €.
¿Qué documentos necesito para darme de alta como autónomo?
DNI/NIE en vigor, certificado digital o Cl@ve PIN, número de afiliación a la Seguridad Social (NAF), cuenta bancaria española y tener definida tu actividad (epígrafe del IAE). Los extranjeros no comunitarios necesitan además permiso de residencia y trabajo por cuenta propia.
¿Se puede hacer todo el alta online?
Sí. En 2026, el alta en Hacienda (Modelo 036/037 por sede electrónica de la AEAT) y el alta en la Seguridad Social (Importass) se hacen completamente online. Solo necesitas certificado digital o Cl@ve PIN. El proceso puede completarse en el mismo día.
¿Qué es primero, el alta en Hacienda o en la Seguridad Social?
Lo habitual y recomendable es hacer primero el alta en la Seguridad Social (RETA) y después en Hacienda. Pueden hacerse el mismo día o con hasta 60 días de antelación. Es crítico que el alta en la Seguridad Social sea simultánea o anterior para no perder la tarifa plana.
¿Puedo perder la tarifa plana si me equivoco en el orden del alta?
Sí. Si te das de alta en Hacienda antes que en la Seguridad Social, podrías perder la tarifa plana. También la pierdes si te das de alta después de haber iniciado la actividad. La tarifa plana solo se solicita en el formulario de alta en el RETA.
¿Es obligatorio darse de alta como autónomo desde el primer euro?
No hay un umbral mínimo de ingresos. La obligación depende de la habitualidad: si la actividad es personal, recurrente y lucrativa, debes darte de alta independientemente de cuánto factures. Una actividad verdaderamente puntual podría no requerir alta en el RETA, pero sí en Hacienda para facturar.
¿Qué epígrafe del IAE debo elegir?
El epígrafe depende de tu actividad. Las profesionales (sección 2: abogados, consultores, diseñadores) obligan a retención de IRPF en factura. Las empresariales (sección 1: comercio, industria) no. Consulta el listado en la sede electrónica de la AEAT o pide asesoramiento para elegir correctamente.
¿Puedo darme de alta como autónomo si soy extranjero?
Ciudadanos de la UE se dan de alta directamente con su NIE. Extranjeros no comunitarios necesitan permiso de residencia y trabajo por cuenta propia. Una vez obtenido, el proceso es idéntico al de ciudadanos españoles.
Fuentes y normativa
- Alta en trabajo autónomo — Seguridad Social (Importass)
- Sede electrónica de la AEAT — Modelos 036 y 037
- Guía práctica de trabajo autónomo — Seguridad Social
- Real Decreto-ley 13/2022 — Sistema de cotización por ingresos reales (BOE)
- Ley 20/2007 del Estatuto del Trabajo Autónomo — (BOE)
- Certificado digital de persona física — FNMT